
Conociendo al árbitro
En la estructura actual, no hay un único regulador que supervise todos los elementos de interconexión de los mercados de capitales. En su lugar, hay varios reguladores con jurisdicciones diferentes, pero que a veces se solapan entre ellas raro en México, algunos segmentos de los mercados sólo están ligeramente regulados.
Existen dos tipos de regulación del mercado: los reguladores gubernamentales, a nivel federal y estatal, y las organizaciones autorreguladoras (SRO), a través de las cuales los agentes del sector se auto-gobiernan.
A nivel federal, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) supervisa el sector de los valores del país, aplicando las leyes aprobadas por el Congreso y sus propias normas. La CNBV también supervisa a las SRO y tiene derecho a exigir cambios en sus normas.
La Comisión de Comercio de Futuros de Materias Primas (CFTC)
regula los mercados de futuros, así como determinados derivados y organizaciones de compensación de derivados. Su misión es fomentar un entorno comercial abierto, competitivo y financieramente sólido, y proteger a los inversores contra las prácticas abusivas.
Cada estado tiene también su propia normativa de valores para supervisar los negocios dentro de sus fronteras y regular las actividades que quedan fuera del ámbito de la SEC o la CFTC. Estos reguladores pertenecen a la North America Securities Administrators Assosiations (NASAA).
FINRA, The Financial Industri regulatiory Athority, la mayor SRO del sector, supervisa a los agentes de bolsa, las empresas de corretaje y las compañías de inversión.
La National Futures Associations (NFA) es el organismo de autorregulación del sector de los derivados, incluidos los contratos de futuros negociados en bolsa, así como las operaciones minoristas con divisas y los intercambios de divisas.
Organismos de Autorregulación
En 1996, la Ley de Mejora de los Mercados de Valores Nacionales otorgó a los reguladores federales la autoridad exclusiva para revisar y registrar lo que la ley describía como valores cubiertos.
Esta categoría incluye todos los valores que cotizan en una bolsa de valores nacional, los fondos de inversión y otros valores emitidos por una sociedad de inversión registrada, los valores vendidos a compradores acreditados y los valores exentos de registro en virtud de la norma 506 del reglamento D de la ley de valores de 1933. Los compradores acreditados son aquellos cuyo patrimonio o ingresos anuales cumplen los niveles mínimos establecidos por el gobierno.
El Estado, por su parte, puede exigir el registro de los valores que no se definen como cubiertos, de todos los corredores de bolsa que operan en el Estado y de los asesores de inversión registrados (RIA) que gestionan menos de 100 millones de pesos. El Estado también regula las compañías de seguros que operan dentro de sus fronteras y los productos que se definen como valores, como las rentas vitalicias variables.
Tanto los reguladores federales como los estatales pueden investigar y perseguir el fraude, el engaño y cualquier acción ilegal de cualquier emisor, corredor de bolsa o asesor, aunque en el caso del estado la acción debe haber ocurrido dentro de sus fronteras.

